Parte del convenio Luces y marcas
Cuando no sea posible exhibir luces y marcas con las características o posiciones prescritas, se exhiben las más aproximadas posibles a lo que exige el reglamento.
En la mar se ve así
Un hidroavión no tiene palo para la luz de tope: exhibe lo que físicamente puede, pero debe ser visible y no inducir a error.
Texto del convenio«Cuando a un hidroavión o a una nave de vuelo rasante no le sea posible exhibir luces y marcas de las características o en las posiciones prescritas en las Reglas de esta Parte, exhibirá luces y marcas que se asemejen lo más posible en características y posición a las prescritas.»Traducción de la redacción; debajo, el original en inglés.
Original en inglés
«Where it is impracticable for a seaplane or a WIG craft to exhibit lights and shapes of the characteristics or in the positions prescribed in the Rules of this Part she shall exhibit lights and shapes as closely similar in characteristics and position as is possible».
Parte del convenio: Luces y marcas
- Regla 20 Cuándo se exhibe cada cosa
- Regla 21 Qué luces existen
- Regla 22 A qué distancia deben verse las luces
- Regla 23 Luces del buque de propulsión mecánica en navegación
- Regla 24 Remolque y empuje
- Regla 25 Buques de vela y a remo
- Regla 26 Buques de pesca
- Regla 27 Sin gobierno, maniobra restringida, buceo, dragado de minas
- Regla 28 Restringido por su calado
- Regla 29 Buques de práctico
- Regla 30 Fondeado y varado